El Consejo europeo de junio de 2007 estableció que el número total de diputados del Parlamento Europeo no pasara de 750, que cada Estado contara con un mínimo de seis y un máximo de 96 diputados y que la representación se estableciera con ¿proporcionalidad decreciente¿. La Comisión de Asuntos Constitucionales del Parlamento Europeo es la responsable de elaborar la propuesta de composición que debe aprobar la Conferencia Intergubernamental. Dos de sus miembros, AlainLamassoure y AdrianSeverin, acaban de presentar en septiembre un proyecto de informe en el que definen el principio de proporcionalidad decreciente en el sentido de que cada diputado de un Estado miembro más poblado debe representar a más ciudadanos que un diputado de un Estado menos poblado y viceversa. Sobre esta definición, proponen un reparto entre varios posibles con los mismos criterios pero no se establece un método que permita redistribuir los diputados a medida que cambie la población. Este ARI muestra la imposibilidad de establecer un reparto, en ocasiones, aplicando el criterio de proporcionalidad decreciente propuesto por Lamassoure y Severin, identifica los países pequeños y algunos con población cercana a los 10 millones de habitantes como los más beneficiados y a otros, Francia y España entre ellos, como los más perjudicados con el reparto propuesto. Por último, ofrece un método de reparto alternativo y la distribución de diputados en función de este método.
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